La revolución francesa de 1789 se centraba en 3 principios:
- Igualdad.
- Fraternidad.
- Libertad.
Igualdad, o el rechazo a una sociedad dividida, no más justicia para ricos y pobres, todos los ciudadanos siendo iguales ante la ley. En México hay justicia para ricos y pobres, los juicios penales se pelean hasta que se dicta prisión y sólo quienes pueden pagar los servicios de abogados especializados en amparo son quienes logran obtener su libertad, aún habiendo sido procesados.
Fraternidad, la unión entre semejantes, ¿por qué todos nos sentimos víctimas? Nuestro sistema de justicia, bajo el esquema del sistema penal inquisitivo mixto no distingue entre víctimas e inculpados. Por igual vulnera derechos de todos con sus procesos obscuros, gravosos, tediosos y sobre todo prolongados.
Sin duda quienes se dicen víctimas de la banda de secuestradores a la cual presuntamente pertenecía Cassez tienen derecho a que se les reparen los daños, pero, ¿qué pasa con los 7 años que Cassez estuvo privada de su libertad por un proceso viciado? Parece ser que se equilibra un poco la balanza.
Libertad, goce de los derechos fundamentales, abandonar el modelo de estado opresor que desdeña el respeto a los principios y garantías contenidos en las normas. Un Estado, no digamos de derecho, debe privilegiar el respeto a los derechos básicos de sus gobernados, para no perder legitimidad.
Fraternidad, la unión entre semejantes, ¿por qué todos nos sentimos víctimas? Nuestro sistema de justicia, bajo el esquema del sistema penal inquisitivo mixto no distingue entre víctimas e inculpados. Por igual vulnera derechos de todos con sus procesos obscuros, gravosos, tediosos y sobre todo prolongados.
Sin duda quienes se dicen víctimas de la banda de secuestradores a la cual presuntamente pertenecía Cassez tienen derecho a que se les reparen los daños, pero, ¿qué pasa con los 7 años que Cassez estuvo privada de su libertad por un proceso viciado? Parece ser que se equilibra un poco la balanza.
Libertad, goce de los derechos fundamentales, abandonar el modelo de estado opresor que desdeña el respeto a los principios y garantías contenidos en las normas. Un Estado, no digamos de derecho, debe privilegiar el respeto a los derechos básicos de sus gobernados, para no perder legitimidad.
Yo añadiría el principio de legalidad, entendido como la garantía que tenemos todos de que al momento de ser señalados por la autoridad como responsables de la comisión de un delito, se nos brinden las garantías de un debido proceso, en el cual se respeten nuestros derechos en todo momento.
Este caso fue más allá de determinar culpables, se trató en fin, de sentar un precedente que versara sobre la legalidad de los procesos judiciales en México. Quienes creen que la resolución de la Sala proyecta a México como un país tercermundista, lamento informarles que es todo lo contrario, se trata del esfuerzo del máximo tribunal de corregir los errores de autoridades con menor capacidad.
Con la histórica decisión de la primera sala de la SCJN se traza un nuevo rumbo para el sistema penal mexicano. Se deben dejar atrás los procesos inquisitivos de investigación, la alteración de pruebas, las torturas para obtener confesiones, entre otras prácticas repudiables.
No se lesionaron los derechos de las víctimas por la liberación de Florence, se privilegió el derecho a un debido proceso, derecho fundamental que establece nuestra Constitución y diversos tratados internacionales firmados y ratificados por México.
Quienes dicen que no se hizo justicia, espero nunca se vean como imputados en medio de un proceso penal, donde las pruebas se configuran en su contra.
Por muchos años los procesos en México se centraban no en aportar pruebas, si no en construir culpables, el que los jueces trataran con expedientes y no con las personas deshumanizo nuestro sistema de justicia.
Es urgente impulsar a nivel nacional la implementación del sistema penal acusatorio, antes del plazo que establece la reforma Constitucional, no hay por que esperar al último minuto.
Comentarios
Publicar un comentario