El 6 de febrero pasado (2012), la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la inconstitucionalidad de las normas que limitan el acceso a la información contenida en averiguaciones previas, bajo el alegato de que dicha percepción violenta el derecho de acceso a la información y las razones para reservar dicha información se encontraron infundadas. El amparo, resuelto a favor de la revista PROCESO, sienta un precedente para romper la secrecía de las Averiguaciones Previas en México. El argumento central de la Sala versó sobre el hecho de que el principio de máxima publicidad que rige el derecho de acceso a la información se veía vulnerado con la reserva de la totalidad de la información contenida en las averiguaciones. Así mismo, la consideración de que el principio de proporcionalidad no se veía satisfecho se fundó en que la relación entre la protección de los datos y el interés del derecho de acceso a información pública no era preponderante. ...
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