A
partir de una charla, en el marco de la presentación de un libro, donde el Lic.
Felipe Borrego Estrada, actual Secretario Técnico de la Comisión para la
Implementación del Sistema de Justicia Penal, señalaba que la reforma
Constitucional del 18 de julio de 2008 abarca mucho más que tan solo los mal
nombrados "juicios orales", pensé en redactar las siguientes líneas.
Y
es que el Lic. Borrego no podría tener más razón al acotar este tema. En
primera instancia, la reforma que abarcó 10 artículos de nuestra Carta Magna,
va desde cuestiones relativas al proceso penal (que hay que mencionar son de
las más citadas) hasta temas en relación a las relaciones laborales entre las
instancias de procuración de justicia y sus empleados.
La
magnitud de la reforma va desde las modificaciones al sistema procesal penal,
implantando un sistema de corte acusatorio, que permite la igualdad entre las
partes y hace más transparente y accesible el proceso, hasta la reorganización
de nuestras policías, dándoles facultades para investigar el delito, cambios
importantes en la institución del Ministerio Público, específicamente en la
manera en que este desarrolla sus funciones, para evitar la corrupción y la
impunidad, también se incluyen modificaciones en materia de garantías, que
permiten respetar el principio de presunción de inocencia, dictando medidas
cautelares distintas a la prisión preventiva, que tanto daño hace a quien se le
impone, estos y muchos otros temas son los abarcados por la reforma en
cuestión.
Es
de suponerse que esta burda simplificación de ubicar a la reforma
Constitucional como una mera aplicación de los "juicios orales" en
México obedece a una tendencia reduccionista de no profundizar en temas
complejos. El problema sin embargo, radica en que el hablar simplemente de juicios
orales empaña la visión del público en general, motivo por el cual la labor de
difusión y socialización[1]
de la reforma retoman importancia.
Si
habláramos tan solo de juicios orales, cabría preguntarse ¿dónde radica el
cambio?, es que ¿acaso no se pueden seguir los procesos penales bajo el mismo
esquema inquisitivo mixto, simplemente añadiendo la oralidad para resaltar la
publicidad? Definitivamente quienes hemos dedicado algunas horas de estudio a
las razones que dieron génesis a este nuevo sistema diremos que no.
Los
compromisos que nos hemos visto obligados a atender, en base a la implementación
de un nuevo sistema (énfasis en la palabra), de justicia penal, va más allá de
tan solo hacerlos más públicos, se trata de añadir ingredientes como eficacia,
eficiencia, transparencia, credibilidad, y muchos otros, no en vano se ha
señalado la gran importancia de esta reforma, pues es el cambio más
paradigmático en materia penal en la historia moderna de nuestro país.
El
Nuevo Sistema de Justicia Penal, está llamado a garantizar a los ciudadanos
mexicanos el acceso a una justicia pronta y expedita, que permita el desarrollo
de un proceso penal transparente y de calidad, el cual, a través del respeto a
las garantías individuales, permita rendir resultados tangibles en cuanto a la
reducción de la incidencia delictiva y la impunidad en nuestro país.
Así
mismo, hacia el final de la plática el Lic. Borrego comentó que el cambio más
importante no se dará al interior de nuestras instituciones, si no en el cambio
cultural que estamos llamados a experimentar todos los ciudadanos, el girar
180° a partir de nuestro antiguo sistema penal es una tarea de proporciones
enormes, no resultará fácil, aún hay mucho camino por recorrer, ni siquiera el
50% de los Estados han adoptado el sistema, y entre los que lo han hecho, aún
hay grandes obstáculos que sortear.
Mucho
se discutía hace algunos años, en especial después de la publicación de la
reforma, sobre si se podría echar atrás la misma, algunos buscaban sustento en
la desastrosa reforma Constitucional que buscaba implementar el finalismo en el
Derecho Penal Mexicano, esperemos esos días hayan quedado atrás en cuanto se
hagan patentes las ventajas del nuevo sistema acusatorio y la vitalidad que
inyectará al Derecho Penal Mexicano.
La
próxima vez que alguien, ajeno al mundo jurídico, o incluso un compañero
abogado les pregunte por los juicios orales, expliquémosle que la idea de un
Nuevo Sistema de Justicia Penal, va mucho más allá de solo la oralidad en el
desarrollo de los procesos penales, contribuyendo así al éxito del cambio
cultural que requiere México, en pos del éxito del nuevo sistema y de las
ventajas que el mismo busca traernos.
[1] Vid:
http://derechoyotrasperversiones.blogspot.mx/2012/06/la-reforma-al-sistema-de-justicia-penal.html
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