Ir al contenido principal

Cadena de custodia



¿Qué es la cadena de custodia?

Se trata de la documentación del manejo de las pruebas, para garantizar su autenticidad e integridad. Es decir, que las pruebas son lo que se dice que son y que no han sido alteradas.

Esto respaldará la presentación y desahogo que el MP haga de ellas durante el juicio oral y facilitará la decisión del Tribunal.

La cadena de custodia no solo cuida que las pruebas sean admisibles, si no que permiten la credibilidad de las mismas, y como mencionan Duce y Baytelman en su libro, “Credibilidad es el nombre del juego”.

La finalidad de la cadena de custodia es proveer de certeza, tanto al Tribunal, como a la contraparte, de que el elemento probatorio que estamos presentando es lo que decimos que es, y que el mismo no ha sido alterado.

La cadena de custodia por lo tanto es aplicable a todos los elementos de pruebas materiales, es decir, a documentos, objetos, grabaciones, y cualquier otro tipo de registro que sea encontrado en el lugar de los hechos o que se encuentre relacionado al hecho delictivo.

¿Por qué es relevante la cadena de custodia?

En primer lugar resulta relevante la correcta preservación de los elementos de prueba para asegurar la integridad de los mismos, lo cual permitirá llegar a conocer con mayores detalles los hechos que se investigan, aportando validez al proceso en general.

Así mismo, la relevancia práctica de la denominada cadena de custodia radica en que a partir de la reforma al sistema de justicia penal del 18 de junio de 2008, la policía estará facultada para desarrollar investigaciones, lo cual le permite en un determinado momento, llevar a cabo el aseguramiento y recolección de evidencia del sitio donde haya ocurrido un delito.

El Código Federal de Procedimientos Penales, prevé en su artículo 123 el deber del MP, policías y otros funcionarios relacionados con la investigación, de dictar medidas necesarias para impedir que se destruyan o alteren los indicios, huellas o vestigios del delito. En atención a esto y mediante la publicación de fecha 3 de febrero de 2010, la PGR estableció el acuerdo número A/002/2010; mismo que se denominó “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS QUE DEBERAN OBSERVAR TODOS LOS SERVIDORES PUBLICOS PARA LA DEBIDA PRESERVACION Y PROCESAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS O DEL HALLAZGO Y DE LOS INDICIOS, HUELLAS O VESTIGIOS DEL HECHO DELICTUOSO, ASI COMO DE LOS INSTRUMENTOS, OBJETOS O PRODUCTOS DEL DELITO”.

Secuencia de la cadena de custodia.

El siguiente modelo se trata de una propuesta básica de cómo se maneja la cadena de custodia, guardando en cada caso, mantener el registro de quien entrega y quien recibe el elemento de prueba


Realizado por: Fernando Alday

A continuación detallamos los elementos.
  • Hallazgo. Se trata de registrar el momento, lugar y ubicación exacta del elemento que se pretende recolectar. Se recomienda efectuar fijaciones fotográficas detalladas.
  • Recolección. Consiste en la aplicación de la técnica adecuada de levantamiento para cada objeto, es diferente levantar un arma de fuego que una muestra orgánica, la recolección es parte importante del proceso, por lo general se requiere que se describa exhaustivamente la técnica y medios utilizados para la misma.
  • Identificación. Una vez levantada y embalada la muestra, es procedente identificarla claramente, señalando que es, y quien la recogió, así como cualquier número de identificación que permita ligarla al caso concreto.
  • Transportación. Se ha incluido en el diagrama para señalar la manera en que la muestra llega, del sitio del hallazgo a el laboratorio o almacén de evidencia o en su caso al tribunal para ser presentado como elemento de prueba.
  • Almacenamiento. Consiste en la documentación de las condiciones de almacenamiento de cada elemento probatorio, deberá reseñarse quien lo almacena, así como si fue puesto bajo algún cuidado especial para su preservación.
  • Análisis. El registro de la cadena de custodia deberá contener el traslado del elemento entre quien lo ha almacenado o conservado al especialista o técnico que efectuará algún análisis sobre el mismo. Identificando claramente el proceso que siguió para este.
  • Entrega de custodia al Tribunal. Consiste en el registro de la entrega final del elemento probatorio al Tribunal, donde será utilizado por las partes para probar sus proposiciones fácticas.

En la siguiente dirección se encuentra disponible el acuerdo PGR A/02/2010, el mismo contiene al final el formato de cadena de custodia que deberá ser utilizado a partir de su publicación:


Comentarios