El 30 de agosto, se aprobó en Tabasco lo que para muchos significa un grave atentado contra la libertad de expresión, la iniciativa de reforma que procurará materializarse lo antes posible va en el siguiente sentido: “A quien utilice el servicio telefónico o cualquier medio de comunicación masiva para dar aviso de alarma o emergencia falsa, provocando con ello la movilización o presencia de servicios de emergencia o cuerpos de seguridad pública, o provoque caos o inseguridad social, se impondrá prisión de seis meses a dos años y de cincuenta a trescientos días de multa”. La anterior redacción, a todas luces alarmista, surge como consecuencia de rumores desencadenados a través de las redes sociales hace unas semanas en nuestro querido Estado, dichos eventos acarrearon también como consecuencia que nuestro Gobierno creara por fin una cuenta oficial en Twitter para mantener “informada” a la población. Pregunto, ¿no son estas medidas contrarias? Desde mi particular punto de v...
Blog con contenido jurídico, enfocado principalmente al Nuevo Sistema de Justicia Penal (de corte acusatorio) instaurado en México a partir de la Reforma del 18 de junio de 2008. También se publican opiniones sobre temas de interés.